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Teletrabajo se abre paso como parte de la Nueva Normalidad

Ante el desarrollo de la pandemia del COVID-19, una de las alternativas utilizadas por las empresas para implementar el distanciamiento social es el tele-trabajo, también conocido como home-office.

Miles de trabajadoras y trabajadores han dejado sus puestos de oficina  para laborar desde su hogar, medida que a 100 días de su implementación ha comprobado sus beneficios en la reducción de la movilidad, además de generar ahorros en rentas, alimentos y traslados.

Sin embargo, existe un vacío en la legislación mexicana en lo referente a la protección de sus derechos laborales. El artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo considera que el “trabajo a domicilio” es aquel que se ejecuta habitualmente para un patrón, en el domicilio del trabajador, o en un local elegido libremente por este, “sin vigilancia ni dirección inmediata de quien proporciona el trabajo”.

En el 2012, se adicionó un párrafo que a la letra dice: “será considerado como trabajo a domicilio, el que se realiza a distancia utilizando tecnologías de la información y la comunicación”.

El Congreso de la Unión dejó pendiente la discusión sobre el teletrabajo en la reforma laboral aprobada en el 2019, la cual pretendía establecer condiciones y un marco de referencia para crear esta figura, así como la correspondiente relación entre el trabajador y su empleador.

Debido a la pandemia, las y los trabajadores que fueron desplazados para trabajar desde su casa lo hicieron sin necesidad de modificar su contrato, respetando los derechos y obligaciones que corresponden a cualquier trabajador dentro de un centro laboral puesto que la relación jurídica se mantiene.

Cada trabajador puede negociar convenios con condiciones individuales a seguir mientras se trabaja desde casa, siempre y cuando se respeten las condiciones generales del contrato original, así como los derechos garantizados en la Ley Federal del Trabajo respecto al salario, el aguinaldo, el reparto de utilidades, las vacaciones, la prima vacacional, y la seguridad social, que son los requisitos mínimos que impone la Ley Federal del Trabajo a todos los patrones.

Es importante que el Congreso establezca el marco jurídico para garantizar el respeto de los derechos laborales que trabajen a distancia, para brindarle seguridad como principal eslabón del proceso productivo, garantizando su fuente de ingresos para su bienestar y el de sus familias.

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